Nuevas medidas para el mantenimiento del comercio

La pandemia generada por el Coronavirus no sólo ha supuesto una grave emergencia a nuestra salud pública, sino un enorme varapalo para la economía nacional. El Gobierno y los diferentes organismos autonómicos no han cesado en su búsqueda por encontrar soluciones que permitan especialmente reducir el impacto de esta situación en el comercio minorista. Para ello, y desde la declaración del Estado de Alarma, se han aprobado diferentes medidas urgentes y decretos-leyes dirigidos a mitigar las perdidas de este sector. Desde K3 Asesores, te informamos sobre las últimas novedades, nuevas medidas y actualizaciones orientadas a ayudar tanto a pymes como autónomos.

En el útlimo BOJA se publicó, con fecha 12 de Enero el BOJA, el Decreto-ley 1/2021 por el que se han establecido medidas urgentes dirigidas a ayudar al mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista, hostelería y agencias de viajes. Asimismo, también se ha procedido a la modificación de anteriores decretos-leyes que tuvieron lugar como consecuencia directa de la situación ocasionada por el COVID-19, y recogido en la línea 3 del Plan de Apoyo a Pymes y Autónomos aprobado el pasado 16 de noviembre de 2020.

En consecuencia, se han aprobado dos nuevas líneas de subvenciones:

  • Línea 1. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico del comercio minorista.
  • Línea 2. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico de la hostelería y agencias de viajes.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

  1. Toda pyme comercial cuya actividad económica que se contemple en los epígrafes IAE anexos al decreto-ley (consultar en este enlace).
  2. Toda pyme artesana inscrita en el Registro de Artesanos de Andalucía.
  3. Los establecimientos de alojamiento turístico relacionados con el artículo 40 de la Ley 13/2011, con fecha de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía (consultar en este enlace).
  4. Las agencias de viajes.
  5. Los establecimientos de restauración que desarrollen su actividad en cualquiera de los epígrafes IAE incluidos en los anexos del decreto-ley (enlace aquí).

Importe de subvención y plazo de solicitudes.

La cuantía de la subvención será de 1.000 euros. El plazo para realizar la presentación de las solicitudes serán de 30 días naturales desde el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

¿Necesitas más información sobre este u otros temas? ¿Quieres estar informado sobre todas las nuevas medidas? ¿No sabes si te corresponden estas ayudas o cómo debes tramitarlas? No lo dudes y contacta con nosotros desde hoy mismo. En K3 Asesores estaremos encantados de estudiar tu caso y ofrecerte las mejores soluciones adaptadas a ti y a tu negocio.